A través de la Resolución 00012 del 9 de febrero de 2021 la DIAN adoptó el Control de Cambios Anexo Técnico 1.8 de factura electrónica y que por medio de la Resolución 000063 del 30 de julio de 2021 se estableció que el plazo máximo para implementar los ajustes de este anexo es hoy 18 de agosto de 2021.
Los ajustes deben llevarse acabo para que los documentos se rijan con el anexo 1.8 y así las facturas, notas débito y crédito electrónicas, sean validadas ante la DIAN.
Es importante que las facturas electrónicas que no cumplan el anexo 1.8, pueden ser rechazadas por el servicio electrónico de validación de la DIAN.
Si te interesa saber mas, contáctanos a través de los siguientes medios:
- Vía correo electrónico: mercadeo@xeo.com.co – xeo@xeo.com.co - info@tecnoinformatica.co
- Vía Celular - Whtasapp: 3102528318 - Vía teléfono: +57 (7) 6368086 | +57 (7) 6363227
No hay comentarios:
Publicar un comentario