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martes, 10 de diciembre de 2013

Ay Mama!. ¿Qué será lo que quiere la DIAN?.

Hemos adaptado la célebre frase de la famosa canción “el africano” del Autor maestro Calixto Ochoa /Wilfrido Martínez, para exponer de forma un poco jocosa lo que se viene a la mente de asesores financieros y contables, al momento de estudiar y evaluar la resolución 000228 del 31 de octubre de 2013 sobre información exógena DIAN del año gravable 2014 y su anexo técnico.

Esta resolución cambia en un 100% la forma y fondo de cómo se deben presentar los reportes del año gravable 2014. Primero que todo, la resolución ha cambiado las periodicidades de presentación de la información y además, le ha asignado a cada periodicidad un grupo sectores o tipo de empresas.


  • Reporte mensual. (Entidades que celebren convenios con organismos internacionales).
  • Reporte anual por periodos mensuales. (Entidades vigiladas por Superfinanciera y Supersolidaria, etc).
  • Reporte anual por periodos bimestrales.
  • Reporte anual. (Cámaras de comercio, registrarías, notarias, entre otros).

Las clasificaciones para reportar son un poco confusas pero manejables, en cambio, otro es el escenario cuando se evalúan los archivos/reportes que deben presentarse a la DIAN. Todo se vuelve más complejo o como se dice coloquialmente “se enreda la pita” al armar los más de 4 archivos que se deben presentar por tipo de empresa y periodicidad.

A nivel general, esta resolución pide a las empresas que reporten además de la información de movimientos de terceros, información de la facturación (Talonario, POS, PLU), información a detalle de la nómina de los empleados y uno a uno los detalles de la administración de los convenios con empresas internacionales.

Es evidente que las personas que venían realizando los reportes de forma manual van a tener inconvenientes este 2014, el nuevo diseño va a confundir al reportante, causando errores y retrasos en la integración de la información a la plataforma.  Al evaluar la repetitiva información en algunos formatos y las confusas categorías en las que se encuentran clasificados otros, surge la inquietud de por qué el cambio de la DIAN de las estructuras sencillas y practicas XML a los múltiples y confusos formatos CSV; esto no solo muestra un retroceso tecnológico en el tipo de archivos a manejar sino un desatino en el diseño estructural de los archivos con los que se presenta la información.

Adicionalmente a lo que se ha comentado, al estudiar la resolución y su documento técnico, se encuentran errores que despiertan los siguientes interrogantes:

¿La estructura del archivo del reporte bimestral para las personas obligadas a llevar contabilidad es de 7 ó 8 columnas?
¿Las personas que no llevan contabilidad, entregarán reportes para el año gravable 2013 o 2014?
¿Qué nombre tendrán los archivos elaborados en el estándar CSV?
¿Quién hace reporte de personas o entidades con nómina de trabajadores?

Afortunadamente para los usuarios de XEO XOFTWARE, muchos de los puntos anteriormente mencionados no tienen gran relevancia, debido a que TECNOINFORMÁTICA trabajando para que puedan generar todos sus reportes mediante nuestro software sin complicaciones.

Referencia:

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